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Constitución Artículo 104 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/01/2025

Constitución Salta
Artículo 104. ATRIBUCIONES EXCLUSIVAS

Es atribución exclusiva del Senado juzgar en juicio político a los acusados por la Cámara de Diputados, constituyéndose al efecto en tribunal, prestando sus miembros nuevo juramento para este caso.

Cuando el acusado fuere el Gobernador o Vicegobernador de la Provincia, debe presidir el Senado el Presidente de la Corte de Justicia, pero no tiene voto salvo en caso de empate.



Provincia de Salta Artículo 104 Constitución
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Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


Hola, puede una persona estar privada de su libertad sin tener centencia firme? Del 2019, le dieron 15 años ,apelaron y todavía no hay noticias de nada


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