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Constitución Nacional Artículo 22 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13/03/2023

Constitución Nacional Nacional
Artículo 22.

El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución.

Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición.

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Los comentarios de los usuarios

¿Comó es nuestra democracia?

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En qué parte de la constitución está? Necesito saber urgente

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¿Que es lo que se modifico del articulo 22 en 2020?

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que tipo de derecho es el articulo 22?

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