Constitución Artículo 10 Provincia de Córdoba
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/02/2026
Constitución Córdoba
Artículo 10. Libre iniciativa
El Estado provincial garantiza la iniciativa privada y toda actividad económica lícita, y las armoniza con los derechos de las personas y de la comunidad.
Provincia de Córdoba Artículo 10 Constitución
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
CABA. y Gran Bs. As.
Teléfonos
Сomentarios: 2
En los últimos 30 días
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Buenos Aires
Duración total
Orlando Fernández
Duración total
GONZALO GABRIEL GODAS
Dolores, Buenos Aires
Duración total
Portugal Marcelo Fabián
Las Garcitas, Chaco
Duración total
Los comentarios de los usuarios
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios