Constitución Artículo 202 Provincia del Chubut
Constitución Chubut
Artículo 202. DILIGENCIAS. DICTAMEN
La comisión investigadora a la que se refiere el artículo anterior practica todas las diligencias en el término perentorio de cuarenta días y presenta dictamen a la Sala acusadora, la que puede aceptarlo o rechazarlo, necesitándose dos tercios de votos del total de sus miembros cuando el dictamen sea favorable a la acusación.
Provincia del Chubut Artículo 202 Constitución
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si es el hijo le corresponde, por ser hijo heredero en la misma condicion que el otro hermano o medio hno
Buen Día. Como se revoca Carta Poder a abogado? Puedo hacerlo personalmente con carta documento ?
Buenas.
Tengo una consulta, si me caso con una ciudadana argentina, cuáles son los paso a seguir para obtener la ciudadanía argentina.
Pensamos casarnos en argentina, pero ninguno tiene idea de los paso a seguir.
Buenos dias. Cuando abren las inscripciones a los programas PPP y XMI?
En principio debe acreditar el vinculo y adjuntar toda la documentación requerida.
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