Constitución Artículo 7 Provincia de Catamarca
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/11/2019
Constitución Catamarca
Artículo 7.
Todos los habitantes de la Provincia son, por su naturaleza, libres, independientes e iguales ante la ley y tienen perfecto derecho para defenderse y ser protegidos en su vida, libertad, reputación, seguridad y propiedad.Nadie puede ser privado del goce de estos atributos y bienes sino por sentencia de juez competente fundada en la ley anterior al hecho del proceso. Provincia de Catamarca Artículo 7 Constitución