Constitución Artículo 247 Provincia de Catamarca
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025
Constitución Catamarca
Artículo 247.
Las cartas orgánicas deben contener y asegurar:1º.- El sistema representativo, republicano y social, con un gobierno compuesto por un Departamento Ejecutivo y otro Deliberativo.
2º.- La elección directa, a simple mayoría de sufragios, para el órgano ejecutivo y un sistema proporcional para el Cuerpo Deliberante.
3º.- Los derechos de iniciativa, referéndum y consulta popular.
4º.- El reconocimiento de las organizaciones vecinales.
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Invitado
27/02/25 17:11:55
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Invitado
07/02/25 20:35:11
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
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