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Consejo de la Magistratura Artículo 13 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Consejo de la Magistratura Entre Ríos
Artículo 13. Autoridades

El Consejo de la Magistratura será presidido por un consejero o una consejera que designe el Poder Ejecutivo Provincial. Quien ejerza la presidencia tiene voz y voto en todas las cuestiones y, en caso de empate, resolverá la cuestión. La vicepresidencia será desempeñada por un consejero o una consejera elegidos por el voto del resto del cuerpo. Sustituirá a quien ejerza la presidencia en caso de ausencia o impedimento transitorio. Se deberá respetar la paridad de género para quienes desempeñen la presidencia y vicepresidencia.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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