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Complementaria Permanente de Presupuesto Artículo 155 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Complementaria Permanente de Presupuesto Nacional
Artículo 155.

Las decisiones administrativas que dicte el señor Jefe de Gabinete de Ministros para regular la actuación de los agentes del ESTADO NACIONAL y el uso de los bienes, serán de aplicación en todos los organismos de la jurisdicción del PODER EJECUTIVO NACIONAL, cualquiera sea su naturaleza jurídica, salvo las excepciones establecidas en la Ley Nº 16.432 o ya acordadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL o el señor Jefe de Gabinete de Ministros o que éste disponga en el futuro atendiendo a las necesidades de los servicios.

(Fuentes: Leyes Nros. 16.432, Artículos 47 y 83, y 24.764, Artículo 53).

Nacional Artículo 155 Complementaria Permanente de Presupuesto
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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