Colegio de psicólogos Artículo 51 Provincia de Buenos Aires
Colegio de psicólogos Buenos Aires
Artículo 51.
Además de la cuota anual, el Colegio de Psicólogos de la Provincia podrá establecer un aporte adicional por miembro a los fines de organizar el seguro colectivo de vida.
Provincia de Buenos Aires Artículo 51 Colegio de psicólogos LEY 10.306, 6 de Septiembre de 1985
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si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
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