Código Tributario Artículo 35 Provincia de Tucumán
Código Tributario Tucumán
Artículo 35. Solidaridad de Terceros que Faciliten la Evasión Tributaria
Responden con sus bienes propios y solidariamente con los deudores del tributo los terceros que aún cuando no tengan deberes tributarios a su cargo faciliten por su culpa o dolo la evasión del tributo.
Provincia de Tucumán Artículo 35 Código Tributario de la Provincia de Tucumán
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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Código Tributario Córdoba Artículo 173. Definición. Habitualidad Código Procesal Penal Misiones Artículo 315. Cesación de la Prisión Preventiva Código Procesal Penal Córdoba Artículo 253. Reconocimiento por Fotografía Código Procesal Penal Misiones Artículo 289. Detención sin Orden Judicial Código Procesal Penal Misiones Artículo 405. Lectura de Actas y DocumentosPublique la información de sí mismo
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