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Código Tributario Artículo 250 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Tributario Tucumán
Artículo 250. Operaciones de Compra-Venta de Productos Agropecuarios, Forestales y Mineros por Intermedio de Bolsas y Mercados de Valores

Por las operaciones de compra venta de productos agropecuarios, forestales y mineros, excepto contratos sobre caña de azúcar, se pagará en concepto de Impuesto de Sellos la alícuota especial establecida en la Ley Impositiva, siempre que las operaciones se realicen por intermedio de bolsas, cámaras, mercados o asociaciones con personería jurídica, constituidas en la Provincia o que tengan en ella filiales, agencias, oficinas o representaciones permanentes, que reúnan los requisitos y se sometan a las condiciones que establezca el Poder Ejecutivo. Deben tales operaciones cumplir con los siguientes extremos:

1. Que se formalicen por las partes o por comisionistas intermediarios en los formularios oficiales que esas entidades emitan y que la Autoridad de Aplicación apruebe.

2. Que se inscriban en los libros que, a tal efecto, llevarán las entidades para el registro de las operaciones.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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