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Código Tributario Artículo 185 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Tributario Tucumán
Artículo 185.

Sin perjuicio de las acciones legales que correspondieran, las entidades financieras y cualquier otro oficiado serán responsables solidarios hasta el valor del bien o suma de dinero que se hubiera podido embargar, cuando con conocimiento previo del embargo hubieran permitido su levantamiento, o liberado o permitido la disposición de los bienes embargados, y de manera particular en las siguientes situaciones:

1. Sean causantes en forma directa de la ocultación de bienes, fondos, valores o derechos del contribuyente u obligado ejecutado o embargado preventivamente.

2. Cuando sus dependientes incumplan las órdenes de embargo u otras medidas cautelares.

Verificada alguna de las situaciones descriptas el representante fiscal de la Autoridad de Aplicación la comunicará de inmediato al juez interviniente, acompañando las constancias que así lo acrediten. El juez dará traslado por cinco (5) días a la entidad o persona denunciada, luego de lo cual deberá dictar resolución mandando hacer efectiva la responsabilidad solidaria aquí prevista, en caso de corresponder, la que deberá cumplirse dentro de un plazo de diez (10) días. En caso de incumplimiento, se llevará adelante la ejecución contra los mismos. A los efectos de la verificación de los extremos de hecho correspondientes, la Autoridad de Aplicación tendrá facultades de verificación y/o fiscalización sobre los oficiados.

Asimismo, en el momento de la traba de las medidas correspondientes, la Autoridad de Aplicación podrá requerir a los oficiados la documentación que considere menester a los fines de conocer la existencia de fondos, derechos y bienes a embargo.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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