Código Tributario Artículo 112 Provincia de San Luis
Código Tributario San Luis
Artículo 112. RECURSO DE APELACION, PROCEDIMIENTO
Juntamente con la interposición del Recurso de Apelación deberán expresarse todos los agravios, no admitiéndose el ofrecimiento y/o presentación de pruebas, a no ser que se tratare de hechos nuevos vinculados al caso. Interpuesto en tiempo y forma, la Dirección elevará las actuaciones al Ministerio junto con un escrito de contestación a los fundamentos del apelante dentro del término de VEINTE (20) días de interpuesto éste.
El Ministerio dictará una decisión dentro de los TREINTA (30) días, a contar desde la fecha de recepción del Recurso en sus oficinas, debiendo la respectiva Resolución ser notificada al recurrente con sus fundamentos. Previo al dictado de Resolución y como requisito esencial, el funcionario firmante, requerirá dictamen del servicio jurídico.
Provincia de San Luis Artículo 112 Código Tributario
Mejores juristas





Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios