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Código Tributario Artículo 127 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Tributario Córdoba
Artículo 127. Trámite del Recurso de Reconsideració

Presentado el recurso de reconsideración la Dirección procederá a examinar si existen defectos formales subsanables en la presentación del recurso, en cuyo caso se intimará al recurrente a fin de que los subsane en el plazo que fije, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido del mismo. En la instancia recursiva los interesados podrán actuar personalmente, por intermedio de sus representantes legales o por mandatario, el que deberá acreditar personería con el testimonio de Escritura Pública o mediante poder apud-acta, o carta poder con firma autenticada por Escribano de Registro, Juez de Paz o funcionario de la Dirección. La representación o patrocinio sólo podrá ejercerse por abogados o contadores públicos inscriptos en las respectivas matrículas.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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