Código Tributario Artículo 153 Provincia del Chaco
Código Tributario Chaco
Artículo 153.
Los actos, contratos y operaciones realizados por correspondencia epistolar o telegráfica, estarán sujetos al pago de los impuestos de sellos, desde el momento en que se formule la aceptación de la oferta. A tal efecto, se considerará como instrumentación del acto, contrato u operación la correspondencia en la cual se transcriba la propuesta aceptada o sus enunciaciones o elementos esenciales que permitan determinar el objeto del acto, contrato u operación.
El mismo criterio se aplicará con respecto a las propuestas o presupuestos firmados por el aceptante.
Las disposiciones precedentes no regirán cuando se prueben que los mismos actos, contratos u obligaciones se hallen consignados en instrumentos debidamente repuestos.
Provincia del Chaco Artículo 153 Código Tributario
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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