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Código Procesal Penal Artículo 16 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 16. Prioridad de juzgamiento

1) Si a una persona se le imputare un delito de jurisdicción Provincial y otro de jurisdicción federal o militar, el orden de juzgamiento se regirá por la ley federal. Del mismo modo se procederá en caso de delitos conexos.

2) Si a una persona se le imputare un delito de jurisdicción de esta Provincia y otro correspondiente a distinta jurisdicción local primero será juzgado en Tierra del Fuego si el delito aquí fuere de mayor gravedad. Del mismo modo se procederá en casos de delitos conexos.

3) Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado que antecede, el proceso de jurisdicción de la Provincia de Tierra del Fuego podrá sustanciarse simultáneamente, cuando ello no determine obstáculos para el ejercicio de las jurisdicciónes o para la defensa del imputado.

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 16 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...14 15 16 17 18 ...501

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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