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Código Procesal Penal Artículo 425 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Código Procesal Penal Santiago del Estero
Artículo 425. Resolución

Formalizado el acuerdo, el órgano judicial ante el cual fue presentado el mismo podrá:

1) Desestimar la solicitud de juicio abreviado, ordenando que el proceso continúe, únicamente en caso de demostrarse que la voluntad del imputado se hallaba viciada al momento de su aceptación o cuando haya discrepancia insalvable con la calificación legal aplicada en el acuerdo, respetando el principio de congruencia. Dicha resolución será inimpugnable.

2) Admitir la conformidad alcanzada, dictando sentencia sin más trámite en la forma prescripta en el artículo siguiente.

Previo a decidir, el Juez o Tribunal interviniente tomará contacto de visu con el imputado y lo impondrá de las consecuencias de la vía adoptada.

En los casos en que el Juez o Tribunal ordenare continuar con el trámite ordinario, ninguna de las conformidades prestadas o admisiones efectuadas por el imputado podrán ser tonados en cu contra como reconocimiento de culpabilidad. El pedido de pena formulado por el Fiscal no vinculará al Ministerio Público que actúe en el debate.

En los casos en que s formule la petición ante un órgano colegiado, actuará un (1) solo Juez., quien deberá sustanciarlo y resolverlo.



Provincia de Santiago del Estero Artículo 425 Código Procesal Criminal y Correccional LEY 6.941, 11 de Mayo de 2009
Artículo 1 ...423 424 425 426 427 ...571

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ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?


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