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Código Procesal Penal Artículo 103 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/04/2024

Código Procesal Penal San Luis
Artículo 103.

El Agente Fiscal Departamental o Barrial es quien dirige la confección del sumario de prevención y control a la investigación correspondiente. La policía deberá acatar sus órdenes.

Podrá el Agente Fiscal Departamental o Barrial, cuando el juez de instrucción lo autorice expresamente, dirigir la investigación del sumario judicial de los delitos de acción pública que no merezcan pena privativa de libertad mayor de CUATRO (4) años. Para tales casos requerirá siempre al juez de instrucción que practique los actos para los que sólo esta facultado un juez.

Inmediatamente que se tenga conocimiento de un delito de acción pública, los funcionarios policiales preverán las medidas urgentes comunicando cohetáneamente al Fiscal Departamental o Barrial para la iniciación del sumario respectivo. El Fiscal Departamental o Barrial comunicará la iniciación del sumario al agente fiscal de la Circunscripción Judicial correspondiente como así también al juez de instrucción competente.



Provincia de San Luis Artículo 103 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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