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Código Procesal Penal Artículo 77 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Penal San Juan
Artículo 77. Oficina Judicial

 Los jueces son asistidos por una Oficina Judicial cuya composición y funcionamiento es establecido por la Corte de Justicia.

El responsable de la Oficina Judicial debe:

1) Organizar las audiencias;

2) Dictar las resoluciones de mero trámite;

3) Ordenar las comunicaciones y emplazamientos;

4) Disponer la custodia de objetos secuestrados en los casos que corresponda;

5) Llevar los registros y estadísticas;

6) Dirigir al personal auxiliar;

7) informar a las partes y colaborar en todos los trabajos materiales que el juez o el tribunal le indiquen.

El responsable de la Oficina Judicial debe procurar que se fijen las audiencias en el menor tiempo posible.

Está prohibida la delegación de tareas jurisdiccionales en los integrantes de la Oficina Judicial.



Provincia de San Juan Artículo 77 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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