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Código Procesal penal Artículo 65 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Código Procesal Penal Misiones
Artículo 65. Otras Atribuciones del Agente Fiscal

Corresponde además, al Agente Fiscal:

a) promover la averiguación y represión de los delitos cometidos en su circunscripción y que lleguen a su conocimiento por cualquier medio, requiriendo para ello las medidas que considera necesarias, sea ante los Jueces o ante cualquier otra autoridad;

b) requerir a los Jueces el activo despacho de los procesos, deduciendo en caso necesario los reclamos que corresponden;

c) vigilar el fiel cumplimiento de las leyes penales y reglas de procedimiento;

d) velar para que el orden legal en materia de competencia, sea estrictamente observado;

e) requerir el cumplimiento de las sanciones impuestas y de las leyes relativas a la restricción de la libertad personal;

f) solicitar las medidas que estima necesarias, pudiendo encomendar diligencias ampliatorias a la Policía, las que son practicadas con autorización del Juez y remitidas al mismo, para que proceda a su agregación a la causa.



Provincia de Misiones Artículo 65 Código Procesal penal
Artículo 1 ...63 64 65 66 67 ...553

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


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