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Código Procesal Penal Artículo 343 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/04/2024

Código Procesal Penal La Rioja
Artículo 343. Caución juratoria

La caución juratoria consistirá en la promesa jurada del imputado de cumplir fielmente las condiciones impuestas por el juez y puede acordarse:

1) Cuando sea presumible que procederá la condena condicional.

2) Cuando, siendo procedente la excarcelación bajo caución real o personal, el juez estime imposible que el imputado le ofrezca por su estado de pobreza, y haya motivos para creer que, a pesar de ello, cumplirá sus obligaciones. En tal caso debe ser impuesta siempre la obligación de presentarse periódicamente a determinada autoridad, a la que se dará inmediato aviso.



Provincia de La Rioja Artículo 343 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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