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Código Procesal Penal Artículo 91 Provincia de Corrientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Código Procesal Penal Corrientes
Artículo 91. Desarrollo de la declaración

Antes de comenzar la declaración, el imputado será informado de los derechos que le asisten. También se le hará saber su derecho a abstenerse de contestar preguntas que se le dirijan, pero que no podrá consultar a su abogado para decidirlo.

Luego el fiscal le recordará el hecho que le ha imputado, la prueba de cargo y la tipificación penal provisional que le ha adjudicado al hecho. Inmediatamente el imputado declarará lo que tenga por conveniente sobre el hecho que se le atribuye, e indicará los medios de prueba de descargo. Las partes podrán dirigir al imputado las preguntas que estimen convenientes.

El fiscal, o en su caso el juez, no permitirán preguntas improcedentes.

El acto se registrará en soporte de audio o audiovisual.

Provincia de Corrientes Artículo 91 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...89 90 91 92 93 ...481

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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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consulte y despeje sus dudas.




Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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