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Código Procesal Penal Artículo 250 Provincia de Corrientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/07/2025

Código Procesal Penal Corrientes
Artículo 250. Revocación y sustitución

Caso de ejecución inmediata. La revocación o sustitución de las medidas cautelares que se hayan adoptado, se plantearán en la audiencia de control de la acusación prevista en el artículo 298 o en la audiencia concentrada que prevé el artículo 304.

Sin embargo, si la revocación o sustitución debiera decidirse sin dilación por existir peligro en la demora, podrán ser planteadas ante el juez por escrito en cualquier momento y se resolverán en la audiencia que se fijará, conforme la urgencia, dentro de los tres (3) días. Si las circunstancias del caso lo justificaren, el juez podrá disponer que la audiencia se celebre solo con el fiscal y la parte interesada; en tal caso la decisión que se adopte será ejecutada de inmediato.

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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.


Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.


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