Imprimir

Código Procesal Penal Artículo 269 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025

Código Procesal Penal Chubut
Artículo 269. Valoración Inicial

Dentro del plazo ordenatorio de quince días de recibida la denuncia, el informe policial o practicada la averiguación preliminar, el fiscal dispondrá lo siguiente:

1) la apertura de la investigación preparatoria;

2) la desestimación de la denuncia o de las actuaciones policiales;

3) la solicitud de aplicación de un criterio de oportunidad;

4) la convocatoria a una audiencia de conciliación;

5) el archivo.



Provincia del Chubut Artículo 269 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...267 268 269 270 271 ...423

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web



Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse