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Código Procesal Penal Artículo 14 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Penal Chubut
Artículo 14. Derecho a un Trato Digno

Toda persona tiene derecho a reclamar de los organismos pertenecientes a la administración de la justicia penal y en dependencias policiales un trato digno.

Mínimamente, tiene derecho a:

1. Ser atendida, por todos los intervinientes en la Administración de Justicia, de forma personalizada, respetuosa y digna, y adaptada a sus circunstancias psicológicas, sociales y culturales.

2. Exigir que las actuaciones judiciales en las que resulte preceptiva su comparecencia se celebren con la máxima puntualidad.

3. Recibir las comunicaciones de la Administración de Justicia en un lenguaje no intimidatorio y sencillo, y con información suficiente de las consecuencias derivadas de su incumplimiento.

4. Recibir por escrito toda respuesta a sus solicitudes.

Especialmente, las autoridades y funcionarios expondrán por escrito al ciudadano que lo solicite los motivos por los que se deniega el acceso a una información de carácter procesal.

La información sobre los horarios de atención al público se situará en un lugar claramente visible en las sedes de los órganos jurisdiccionales.

Incurre en falta grave quien infrinja las reglas del presente artículo.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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