Imprimir

Código Procesal Penal Artículo 161 Argentina


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Código Procesal Penal
Artículo 161. Declaración de los testigos durante la investigación preparatoria

Durante la investigación preparatoria los testigos estarán obligados a prestar declaración, salvo las excepciones previstas en la ley. El representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL deberá exigir a los testigos el juramento o promesa de decir verdad.

Para las declaraciones regirán las reglas del principio de desformalización, debiendo garantizarse el contenido de las mismas.

El representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL hará saber a los testigos la obligación que tienen de comparecer y declarar durante la audiencia de juicio oral, así como de comunicar cualquier cambio de domicilio o de morada hasta esa oportunidad.

Si resultare necesario preservar la seguridad de un testigo o la de sus allegados, el representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL podrá disponer que su identidad o su domicilio se mantengan reservados y solicitar una o varias de las medidas de protección previstas en la legislación aplicable.

Argentina Artículo 161 CPP LEY 27.063, 8 de Febrero de 2019
Artículo 1 ...159 160 161 162 163 ...397

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse