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Código Procesal Laboral Artículo 134 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2025

Código Procesal Laboral Tucumán
Artículo 134. Embargos Anteriores

Si al momento de interposición del recurso hubiera embargo trabado sobre bienes suficientes, el recurrente, adjuntando testimonio autenticado que acredite esta circunstancia, quedará excento de cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior.

Si los bienes embargados no fueran suficientes, deberá afianzar la diferencia en la forma y modo establecido en dicho artículo.



Provincia de Tucumán Artículo 134 Código Procesal del Trabajo
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales


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