Código Procesal del Trabajo Artículo 124 Provincia de Catamarca
Código Procesal del Trabajo Catamarca
Artículo 124. INCIDENTES DE EJECUCION PARCIAL
Si el empleador en cualquier estado del juicio, reconociere adeudar al trabajador algún crédito líquido y exigible que tuviere por origen la relación laboral, a petición de parte se formará incidente por separado y en él se tramitará la ejecución de ese crédito por el procedimiento establecido en los artículos 119 a 122 de esta Ley. Del mismo modo se procederá a petición de parte cuando hubiere quedado firme la condena al pago de alguna suma de dinero, aunque se hubiere interpuesto contra otro rubro de la sentencia recurso de Apelación, de Casación o Extraordinarios.
En estos casos la parte interesada deberá pedir para encabezar el Incidente de Ejecución, testimonio con certificación que el rubro que se pretende ejecutar no está comprendido en el recurso interpuesto y de que la sentencia ha quedado firma respecto de él.
Si hubiere alguna duda acerca de estos extremos, el Tribunal denegará el testimonio y la formación del incidente, y esta decisión no será susceptible de recurso alguno.
Provincia de Catamarca Artículo 124 Código Procesal Laboral
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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