Código Procesal de Menores Artículo 51 Provincia de Santa Fe
Código Procesal de Menores Santa Fe
Artículo 51. Audiencia
Concluido el plazo establecido se convocará a una audiencia dentro de los veinte días a fin de escuchar las valoraciones pertinentes, siendo de aplicación lo normado en los Artículos 45 y 46 de este cuerpo legal.
Provincia de Santa Fe Artículo 51 Código Procesal de Menores
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Código Electoral Córdoba Artículo 2. CaracterísticasRecomendados
Código Procesal de Menores Santa Fe Artículo 55. Actos y diligencias Código Procesal de Menores Santa Fe Artículo 101. Audiencia personal Código Procesal de Menores Santa Fe Artículo 84. Investigación penal Ley de Organización de la Justicia Córdoba Artículo 39. DURACION Trata de persona Santa Cruz Artículo 11.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios