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Código Procesal de Familia y Violencia Familiar Artículo 144 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal de Familia y Violencia Familiar Mendoza
Artículo 144. Alimentos. Reglas Generales

Los procesos de alimentos se regirán por las siguientes reglas:

a) Incremento de las necesidades alimentarias: a mayor edad de los niños, niñas y adolescentes aumentan las necesidades materiales, ampliándose la obligación alimentaria;

b) Irrepetibilidad: los alimentos son irrepetibles. El/la alimentado/a no puede ser obligado a compensación alguna, ni a prestar fianza o caución para restituir los alimentos percibidos, aun cuando la sentencia que los fijó sea revocada;

c) Actividad probatoria oficiosa: la facultad judicial de ordenar prueba se acentúa si el alimentado es una niña, niño o adolescente, con capacidad restringida o incapaz;

d) Rige el principio de las cargas probatorias dinámicas;

e) Modificabilidad de la sentencia firme: las resoluciones dictadas en los procesos de alimentospueden ser modificadas cuando se producen cambios significativos en los presupuestos que las motivaron.



Provincia de Mendoza Artículo 144 Código Procesal de Familia y Violencia Familiar
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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