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Código Procesal de Familia Artículo 154 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal de Familia Tucumán
Artículo 154. REQUISITOS DE LA PETICION

 Toda petición de divorcio, bilateral o unilateral, deberá ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste. En caso de existir separación de hecho previa, deberá especificarse la fecha en que tuvo lugar.

Si la propuesta o contrapropuesta unilateral se alegara separación de hecho previa y no fuera señalada con día, mes y año, se dispondrá que con carácter previo se lo precise. Si dicha precisión no se cumpliera, se dictará sentencia de divorcio difiriéndose pronunciamiento respecto de la fecha de disolución de la comunidad de ganancias, la que tramitará por vía incidental.

Para el supuesto en que ambas partes, en el trámite unilateral, hubieren precisado fechas de su separación de hecho previa, pero se advirtiera discrepancia entre las mismas, se dará tratamiento a la cuestión en la oportunidad de la celebración de la audiencia establecida por el Artículo 438 del Código Civil y Comercial de la Nación. Si en la misma no hubiere acuerdo al respecto, se estará a lo previsto en la parte final del segundo párrafo del presente artículo.

Si se tratara de un trámite bilateral y los peticionantes hubieran denunciado su separación de hecho previa, deberán señalar la fecha con día, mes y año. Para el supuesto que así no se hiciere, se requerirá en forma previa al dictado de la sentencia que se precise el dato. Si dicha aclaración no se formulara, se dará tratamiento a la cuestión en la oportunidad de la celebración de la audiencia establecida por el Artículo 438 del Código Civil y Comercial de la Nación. Si en esta audiencia no hubiere acuerdo al respecto, se estará a lo previsto en la parte final del segundo párrafo del presente artículo.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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