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Código Procesal de Familia Artículo 115 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Código Procesal de Familia Tucumán
Artículo 115. USO DE TERMINOS INADECUADOS

 En sus presentaciones las partes se abstendrán de usar términos ofensivos, inconvenientes o que excedan las necesidades de su defensa. Fuera de las sanciones que para el caso correspondieran, el Tribunal podrá ordenar la testadura en presentaciones escritas o imágenes digitalizadas, o el recorte en archivos de audio o audiovisuales, de las palabras ofensivas o inconvenientes, o su devolución sin más trámite. A tal fin, el Tribunal podrá ordenar su desglose y reemplazo por copia fiel en la que se ejecute el testado o por un archivo de audio o audiovisual recortado. El documento resultante será firmado digitalmente por el Secretario.



Provincia de Tucumán Artículo 115 Código Procesal de Familia LEY 9.581, 26 de Septiembre de 2022
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ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?


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