Código Procesal de Familia Artículo 11 Provincia de Tucumán
Código Procesal de Familia Tucumán
Artículo 11. CONDENA EN COSTAS POR SU ORDEN
FALTA DE PAGO DE HONORARIOS Y APORTES PREVISIONALES. OBLIGATORIEDAD DE EXPEDICION DE OFICIOS DE INSCRIPCION O DE COBRO. En los procesos carentes de contenido económico y en los cuales se debatan cuestiones vinculadas al estado civil, a la filiación, a imposiciones alimentarias y a medidas de protección de personas, y a los fines de la expedición de oficios, la falta de pago de honorarios y/o aportes previsionales de los letrados intervinientes en dichos procesos por parte de quien no hubiere sido condenado ni obligado al pago de costas u honorarios, no podrá constituir impedimento para la expedición de los mencionados oficios judiciales.
Provincia de Tucumán Artículo 11 Código Procesal de Familia
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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