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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 386 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Civil y Comercial Tucumán
Artículo 386. FORMALIDADES

Podrán ser deducidas en la misma audiencia, al tiempo de la declaración de los testigos, o por escrito, antes o después de la audiencia, debiendo entenderse que el hecho de haber repreguntado al testigo no impide la formulación de la tacha.

En uno y otro caso, fuera de las pruebas que pueden proponerse para la justificación de la tacha opuesta, el mismo testigo tachado está obligado a declarar sobre las circunstancias que se refieran a su persona.



Provincia de Tucumán Artículo 386 Código Procesal Civil y Comercial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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