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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 33 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Civil y Comercial Santa Fe
Artículo 33.

No se cargará ni admitirá escrito alguno ni se practicará ninguna diligencia a pedido de parte sin el sellado correspondiente. Sólo podrá prescindirse de este requisito, con cargo de inmediata reposición, en los casos de urgencia y cuando por razones de horario u otra causa no funcionen las oficinas expendedoras de valores fiscales. Tampoco se proveerán escritos sin la indicación precisa de la representación que se ejerce, que no estén hechos a máquina, que contengan claros o cuyas firmas no estén suficientemente aclaradas. Si no se subsana el defecto dentro de los dos días de la intimación, se tendrá el escrito por no presentado y se procederá a su devolución sin más trámite ni recurso alguno.



Provincia de Santa Fe Artículo 33 Código Procesal Civil y Comercial
Artículo 1 ...31 32 33 34 35 ...698

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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