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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 38 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Civil y Comercial Santa Cruz
Artículo 38. DEBERES

Además de los deberes que en otras disposiciones de este Código y en las leyes de organización judicial se imponen a los secretarios, las funciones de éstos son:

1. Actuar como relatores en las causas que los jueces les indiquen, presentando sus informes por escrito;

2. Comunicar a las partes y a los terceros las decisiones judiciales, mediante la firma de oficios, mandamientos cédulas y edictos, sin perjuicio de las facultades que se acuerdan a los letrados respecto de las cédulas y oficios.

Las comunicaciones dirigidas al Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, ministros y secretarios del Poder Ejecutivo y magistrados judiciales, serán firmadas por el juez;

3. Extender certificados y testimonios;

4. Conferir vistas y traslados;

5. Firmar sin perjuicio de las facultades que se confieren al oficial primero o jefe de despacho, las providencias de mero trámite, observando, en cuanto el plazo, lo dispuesto en el art. 34, inc. 3°, a);

6. Devolver los escritos presentados fuera de plazo.

Además de los deberes que en otras disposiciones de este Código y en las leyes de organización judicial se imponen a los oficiales primeros o jefes de despacho las funciones de éstos son:

1. Firmar las providencias simples que dispongan:

a) Agregar partidas, exhortos, pericias, oficios, inventarios, tasaciones, división o partición de herencia, rendiciones de cuentas y, en general documentos o actuaciones similares.

b) Remitir las causas a los ministerios públicos, representantes del fisco y demás funcionarios que intervengan como parte.

2. Devolver los escritos presentados sin copias.

Dentro del plazo de tres días, las partes podrán requerir al juez que deje sin efecto lo dispuesto por el secretario o el oficial primero o jefe de despacho. Este pedido se resolverá sin sustanciación.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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