Código Procesal Civil y Comercial Artículo 271 Provincia de San Luis
Código Procesal Civil y Comercial San Luis
Artículo 271. ACUERDO
El acuerdo se realizará con la presencia de todos los miembros del tribunal y del secretario. La votación se hará en el orden en que los jueces hubiesen sido sorteados. Cada miembro fundará su voto o adherirá al de otro. La sentencia se dictará por mayoría, y en ella se examinarán las cuestiones de hecho y de derecho sometidas a la decisión del juez de primera instancia que hubiesen sido materia de agravios.
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Inscripción registral unificada La Rioja Artículo 2. RESPONSABILIDAD DEL FUNCIONARIO ACTUANTE Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 1. CARACTER Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 628. CURADOR OFICIAL Y MEDICOS FORENSES Desarrollo integral de las personas Tucumán Artículo 4. Creación del Plan Conectividad Córdoba Artículo 3.Recomendados
Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 79. REQUISITOS DE LA SOLICITUD Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 184. CUESTIONES ACCESORIAS Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 765. CAPACIDAD Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 272. SENTENCIA Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 371. FORMACION DE CUADERNO, RESOLUCION Y RECURSOSPublique la información de sí mismo
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