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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 822 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Civil y Comercial Salta
Artículo 822. Facultades de la Corte para indexar o actualizar valores

Facúltase a la Corte de Justicia a actualizar anualmente las sumas que este Código fija como multas, indemnizaciones o monto de competencia, pudiendo tenerse en cuenta para ello, la variación del índice de costo de vida, según las estadísticas oficiales.

Los importes recaudados con motivo de la aplicación de las multas previstas por este Código se destinarán a la compra de libros para bibliotecas o para equipamiento del Poder Judicial, a solo criterio de la Corte Justicia.

(Vetado Parcialmente por Artículo 1º, Dcto. Nº 2259/09 (B. O. 01-06-09)).

Provincia de Salta Artículo 822 Código Procesal Civil y Comercial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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