Código Procesal Civil y Comercial Artículo 289 Provincia de Salta
Código Procesal Civil y Comercial Salta
Artículo 289. Tema del plenario. Sorteo
Vencido el plazo a que se refiere el artículo anterior, el presidente fijará la cuestión o cuestiones a resolver y dispondrá la realización de un sorteo para determinar el orden de la votación. En primer término sorteará entre los jueces que suscriben la sentencia materia del recurso.
Provincia de Salta Artículo 289 Código Procesal Civil y Comercial Ley 5.233. 2 de Junio de 1978
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si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
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