Imprimir

Código Procesal Civil y Comercial Artículo 425 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Civil y Comercial La Rioja
Artículo 425. Requisitos y trámites

Cuando exista obligación de rendir cuentas y éstas no sean presentadas, la demanda se promoverá cumpliendo, en lo pertinente, con lo dispuesto por el Artículo 169, y se tramitará en juicio sumario, aplicándole las siguientes disposiciones: 1) El traslado se hará bajo apercibimiento de que si reconocida la obligación no se rinden las cuentas dentro del plazo de diez días, se aprobarán las que presente el actor dentro de los diez días siguientes, en todo aquello en que el demandado no pruebe que son inexactas.

2) Rendidas las cuentas por el demandado se dará traslado al actor por el término de diez días, y no siendo impugnadas el tribunal las aprobará sin más trámite. Presentadas por el actor, se seguirá igual trámite. En caso de controversia se fijará la audiencia prevista en el juicio ejecutivo.

3) Para el cobro del saldo reconocida por quien rinda las cuentas o de las aprobadas judicialmente, se seguirá en lo pertinente el trámite fijado para el juicio ejecutivo.

4) El obligado a rendir cuentas puede demandar la aprobación de las que presente. De la demanda se correrá traslado al interesado bajo apercibimiento de aprobársela, si no la impugna, dentro de los diez días. Es aplicable, en lo pertinente, el procedimiento fijado en los incisos anteriores.

5) Cuando la obligación de rendir cuentas resulta de instrumento público o privado reconocido judicialmente, o ha sido reconocido por confesión del obligado obtenida poniéndole posiciones como medida preliminar, o se trata de fondos extraídos por los mandatarios en expedientes judiciales, juntamente con la demanda el actor puede presentar una cuenta provisoria.

En tal caso el apercibimiento a que se refiere el inciso 1 de este artículo consistirá en la aprobación de esa cuenta.



Provincia de La Rioja Artículo 425 Código Procesal Civil y Comercial
Artículo 1 ...423 424 425 426 427 ...445

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse