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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 349 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Civil y Comercial La Rioja
Artículo 349. Partición

La partición de los bienes se practicará de conformidad a las siguientes reglas: 1) Aprobado el inventario y avalúo o resueltas en su caso las cuestiones suscitadas con motivo de los mismos, se efectuarán las operaciones de partición y adjudicación de los bienes.

2) Si todos los herederos capaces estuviesen de acuerdo, podrán formular la partición y presentarla al juez para la aprobación.

3) La designación del partidor recaerá en el mismo abogado que hubiere practicado las operaciones de inventario y avalúo, el cual podrá, a los fines de la partición, requerir la designación de un perito auxiliar, a su costa.

Se le entregará el expediente de la sucesión fijándole previamente el plazo en que deberá efectuar las operaciones, conforme a la naturaleza y magnitud de los bienes. Si no llenare su cometido en el plazo fijado perderá el derecho a los honorarios.

4) La partición se efectuará, escuchando previamente el perito a los interesados con el objeto de contemplar en lo posible sus pretensiones, a cuyos fines podrá requerir, si lo considera conveniente, se fije audiencia y se cite a los mismos.

Especificará, en cada caso, el origen y antecedentes del dominio, ubicación y linderos de los inmuebles, y demás características de las cosas y bienes.

5) Practicada la partición, se pondrá a la oficina por el término de cinco días a observación de los interesados, a los que se notificará por cédula. Si no se formularen observaciones, se aprobarán las operaciones sin más trámite.

Si las hubiere, la cuestión se tramitará por la vía de los incidentes.

Cuando la cuestión versare sobre la distribución de los lotes, el juez procederá a sortearlos, a menos que todos prefieran la venta de los bienes para que se haga la partición en dinero.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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