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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 273 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Civil y Comercial La Rioja
Artículo 273. Aplicación

El trámite del Juicio Sumarísimo, se aplicará en los siguientes casos:

1.- Juicios Ordinarios de conocimiento que, por su monto, correspondan a la Justicia de Paz Lega, con arreglo a lo dispuesto por el Artículo 390;

2.- Causas de familia, niñez y adolescencia, en los siguientes supuestos:

a) Tenencia y régimen de visitas;

b) Acciones relativas a la prestación alimentaria;

c) Autorizaciones y venias supletorias previstas en el Código Civil;

d) Emancipación de menores por habilitación de edad y su revocación;

e) Medidas de internación de enfermos mentales, alcohólicos crónicos y toxicómanos;

f) Cuestiones relativas al nombre, estado civil y capacidad de las personas;

g) Acciones y procedimientos de naturaleza tutelar que se originen por la intervención del Juez en la tramitación de las causas previstas en este artículo;

h) Acciones y procedimientos que se originen por aplicación de la Ley N° 6.580 de Protección contra la Violencia Familiar, las cuales están exceptuadas de las cargas procesales de los Artículos 20° y 28° del presente Código;

i) Litis-expensas y toda causa conexa, incidental, trámites auxiliares, preparatorios, cautelares y sus cancelaciones, tercerías, juicios accesorios y ejecución de sus decisiones, en relación a las enumeradas en el presente artículo.

En todos los casos referidos, el actor podrá optar por el procedimiento del Juicio Ordinario, sin que a ello pueda oponerse el demandado. De no hacerlo expresamente, en su primera presentación a juicio, se entenderá que ha renunciado a dicha opción.

En los casos no previstos en la presente enumeración, pero que se tratare de acciones análogas a las referidas, el Juez podrá resolver que se sustancie por el trámite previsto para el Juicio Sumarísimo, salvo el caso que el actor haya optado por el procedimiento de juicio sumario.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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