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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 236 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Civil y Comercial La Rioja
Artículo 236. Reglas generales

Cuando se dispusiere el examen judicial de lugares, cosas o personas, el juez establecerá la fecha, hora, lugar y forma en que se efectuará, de lo que se notificará a las partes con cinco días de anticipación por lo menos, salvo que, por razones especiales, que se harán constar, fuere necesario hacerlo en un término menor. Las partes podrán asistir al examen acompañadas de sus letrados y si lo desearen, con asesores técnicos, a su costa, y podrán formular las observaciones que consideren pertinentes. Se labrará acta del resultado del examen, haciéndose constar en ella, las observaciones que formulen las partes y todas las circunstancias que a juicio del juez sean relevantes.

Cuando el examen deba producirse fuera del edificio de los tribunales, podrá delegarse su cumplimiento en uno de los jueces que integra el tribunal. A pedido de partes, formulado con la debida anticipación, o de oficio, podrá disponerse la concurrencia al examen judicial de un perito cuyas conclusiones se harán constar en el acta.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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