Código Procesal Civil y Comercial Artículo 144 Provincia de La Rioja
Código Procesal Civil y Comercial La Rioja
Artículo 144. Transacción
La transacción podrá efectuarse mediante la presentación del convenio respectivo o acta labrada ante el juez, requiriéndose en todos los casos, el patrocinio letrado en forma independiente para cada parte. No podrá ser revocada desde la presentación del convenio o desde que todos los interesados suscribieren el acta respectiva.
El tribunal examinará si la transacción se cumplió de acuerdo a las normas del Código Civil, en cuyo caso, procederá a su homologación, la que le conferirá los mismos efectos de la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Si nada se hubiere convenido sobre la imposición de las costas, se establecerán en el orden causado.
Si la transacción comprendiera únicamente a ciertas cuestiones o determinadas personas, el juicio proseguirá con relación a lo excluido de aquella.
Provincia de La Rioja Artículo 144 Código Procesal Civil y Comercial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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