Código Fiscal Artículo 232 Provincia de Santa Cruz
Código Fiscal Santa Cruz
Artículo 232.
En las operaciones monetarias a que alude el segundo párrafo del artículo 205, el impuesto se pagará sobre la base de los numerales establecidos para la liquidación de los intereses, en proporción al tiempo de la utilización de los fondos.
La obligación impositiva nacerá en el momento en que los intereses se debiten, acrediten o abonen.
En los casos de cuentas con saldos alternativamente deudores y acreedores, el gravamen deberá liquidarse en forma independiente sobre los numerales respectivos.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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Ley Impositiva Ejercicio 2020 Mendoza Artículo 1. Código de Minería Artículo 166. Código Procesal Penal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 311. Efectos Código Procesal Penal La Rioja Artículo 333. DETERMINACIÓN DE HONORARIOS Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 597. LIQUIDACION. PAGO. FIANZAPublique la información de sí mismo
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