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Código fiscal, percepción del ejercicio Artículo 3 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13/06/2025

Código fiscal, percepción del ejercicio 2006 Buenos Aires
Artículo 3.

A los efectos de la valuación general inmobiliaria, establécense los siguientes valores por metro cuadrado de superficie cubierta, conforme al destino que determina la Dirección Provincial de Catastro Territorial, de acuerdo a los formularios 903, 904, 905 y 906 y las Tablas de valores discriminados por Partido.



Formulario 903

Tabla I Tabla II Tabla III
Tipo "A" $1.020 $ 952 $ 875
Tipo "B" $ 700 $ 640 $ 547
Tipo "C" $ 500 $ 482 $ 403
Tipo "D" $ 285 $ 266 $ 238
Tipo "E" $ 145 $ 134 $ 120

Formulario 904

Tabla I Tabla II Tabla III

Tipo "A" $ 500 $ 481 $ 431
Tipo "B" $ 400 $ 378 $ 344
Tipo "C" $ 300 $ 284 $ 251
Tipo "D" $ 198 $ 186 $ 164

Formulario 905

Tabla I Tabla II Tabla III

Tipo "B" $ 400 $ 369 $ 329
Tipo "C" $ 200 $ 188 $ 164
Tipo "D" $ 139 $ 130 $ 108
Tipo "E" $ 37 $ 36 $ 33

Formulario 906


Tabla I Tabla II Tabla III
Tipo "A" $ 500 $ 471 $ 426
Tipo "B" $ 350 $ 344 $ 300
Tipo "C" $ 204 $ 190 $ 165



Los valores establecidos precedentemente serán de aplicación, a partir del 1º de enero de 2006, para los edificios y/o mejoras en zona rural. Los valores de las instalaciones complementarias correspondientes a los formularios 903, 904, 905 y 906, serán establecidos por la Dirección Provincial de Catastro Territorial.

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Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.


Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.


estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales


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