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Código Fiscal Artículo 62 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Fiscal Jujuy
Artículo 62.

Salvo disposición expresa en contrario de este Código o Leyes Fiscales especiales, el pago de los tributos y sus accesorios deberá ser efectuado por los contribuyentes o responsables dentro de los plazos generales o especiales que establezca la Dirección.

A los contribuyentes o responsables que no ingresarán los tributos adeudados en los términos y condiciones fijadas en el párrafo anterior, la Dirección podrá emplazarlos para que ingresen el tributo correspondiente, en un plazo que no podrá exceder de quince (15) días.

En cuanto al pago de los tributos determinados de oficio por la Dirección deberá ser efectuado dentro de los quince (15) días de notificada la resolución respectiva salvo que en ese lapso se interponga alguno de los recursos previstos en este Código.

Provincia de Jujuy Artículo 62 Código Fiscal
Artículo 1 ...61 Bis 61 Ter 62 63 64 ...278 ter

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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