Imprimir

Código Fiscal Artículo 205 Provincia de Formosa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Formosa
Artículo 205.

Asimismo, estarán exentas del pago de tasas retributivas de servicios las siguientes actuaciones:

a) Comunicaciones a los poderes públicos que en cumplimiento de disposiciones legales deban ser formuladas obligatoriamente, y obedezcan a tareas establecidas como carga pública.

b) Las consultas sobre Interpretaciones y aplicación de leyes Impositivas, las declaraciones juradas que éstas exijan y las comunicaciones de pago de tributos, como así también las impugnaciones y solicitudes de exención cuando se hiciere lugar a las mismas, y de devolución o reajuste, cuando mediare error de la Administración Pública.

c) Las actuaciones, incluyendo demandas, recursos, denuncias relacionadas con la legislación laboral y de previsión o asistencia social, que se realicen ante la Delegación Regional del Ministerio de Trabajo, organismos de seguridad o la Justicia Provincial, cuando están a cargo de empleados, obreros y sus causas habientes.

d) Las cotizaciones de precios a pedido de reparticiones públicas en los casos de compra directa y las actuaciones sobre devolución de depósitos de garantía o cobro de créditos ante la Administración Pública.

e) Las actuaciones en que se solicite expedición o reclamación de certificados escolares.

Los certificados de domicilios, de buena duda y de salud, así como los testimonios o das del Registro Civil y Capacidad de las Personas, se soliciten y expidan con el siguiente destino:

Para enrolamiento y demás actos relacionados el servicio militar.

Para obtener pensiones, percibir salario familiar, promover demandas por accidentes de bajo, o trámites judiciales de alimentos y litis expensas.

Para fines de inscripción escolar.

4. Para acompañar a las solicitudes de becas de estudios.

g) Los juicios promovidos por los defensores o asesores de menores incapaces, pobres y ausentes en ejercicio de sus funciones, los de alimentos y litis expensas de rectificación de partidas de estado civil, las venias para contraer matrimonio, las solicitudes de carta de pobreza, estas últimas sólo cuando la resolución les sea favorable. Asimismo le comprende la exención a los juicios tramitados en los Juzgados de Paz y Menor Cuantía.

h) Las guías de traslado o removido de hacienda, cuando se consignen dentro del territorio provincial.

i) Expedición de Cédulas de Identidad a niños en edad escolar.

j) Certificaciones del Registro de la Propiedad Inmueble, Dirección Provincial del Catastro Territorial y del Registro Civil y Capacidad de las Personas, cuando las mismas sean solicitadas a favor de jubilados, pensionados o retirados, cuyo emolumento no supere la remuneración percibida por los agentes de la categoría 21 del Escalafón General de la Administración Pública Provincial.

k) Los agrimensores debidamente matriculados ante el Consejo Profesional de la Agrimensura de Formosa, cuando realicen las consultas establecidas en el artículo 28 de la Ley Impositiva, inc. 47 y 48 exclusivamente.



Provincia de Formosa Artículo 205 Código Fiscal
Artículo 1 ...203 204 205 206 207 ...266

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse