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Código Fiscal Artículo 196 Provincia de Corrientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Corrientes
Artículo 196.

Están sujetas al impuesto proporcional que fije la ley tarifaria, por año, las operaciones registradas contablemente, que representen entregas o recepciones de dinero, que devenguen intereses, efectuadas por entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras 21.526 o sus modificaciones.

El impuesto de este capítulo se pagará sobre la base de los numerales establecidos podrá la liquidación de los intereses, en proporción al tiempo de la utilización de los fondos en la forma y plazo que la Dirección General establezca.

El impuesto será exigible a partir del momento en que los intereses se debiten, acrediten o abonen. En los casos de cuentas con saldos alternativamente deudores y acreedores, el gravamen deberá liquidarse en forma independiente sobre los numerales respectivos.

Provincia de Corrientes Artículo 196 Código Fiscal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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