Código Electoral Artículo 24 Provincia de Santiago del Estero
Código Electoral Santiago del Estero
Artículo 24. Distribución de Ejemplares
El padrón de electores se entregará:
1. Al Poder Ejecutivo, tres (3) ejemplares autenticados;
2. A los Partidos Políticos que los soliciten, en cantidad a determinar por el Tribunal Electoral Provincial y, en soporte de almacenamiento de datos.
El Tribunal Electoral Provincial conservará en sus archivos durante tres (3) años los ejemplares autenticados del Registro Electoral.
Provincia de Santiago del Estero Artículo 24 Código Electoral
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Código Procesal Administrativo Mendoza Artículo 79. Constitución Santiago del Estero Artículo 173. AtribucionesRecomendados
Código Electoral Santiago del Estero Artículo 85. Aplicación supletoria Código Electoral Santiago del Estero Artículo 26. Comunicación de autoridades civiles y militares respecto de electores inhabilitados Código Electoral Santiago del Estero Artículo 74. Convencionales-Elección Código Electoral Santiago del Estero Artículo 79. De la Elección de Comisionados Municipales Código Electoral Santiago del Estero Artículo 88.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios